Declaración del Directorio Ejecutivo del FMI sobre la República Bolivariana de Venezuela
IMF News, May 2, 2018
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- Declaración del Directorio Ejecutivo del FMI sobre la República Bolivariana de Venezuela
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- Published: May 2, 2018
Contexto de la reunión
- Comunicado de prensa No. 18/158.
- Fecha: 2 de mayo de 2018.
- Departamento de Comunicaciones del FMI.
- OFICIAL DE PRENSA: Raphael Anspach.
- TELÉFONO: +1 202 623-7100.
- CORREO ELECTRÓNICO: MEDIA@IMF.org.
- Tema tratado: suministro por parte de Venezuela de datos macroeconómicos básicos al FMI.
Evaluación y determinaciones del Directorio Ejecutivo
- El suministro adecuado de datos constituye un primer paso esencial para comprender la crisis económica de Venezuela e identificar las posibles soluciones.
- El Directorio Ejecutivo evaluó un informe presentado por la Directora Gerente sobre el progreso en la implementación de las medidas correctivas aprobadas el 3 de noviembre de 2017 por el incumplimiento de la obligación de suministrar datos al FMI en virtud del Artículo VIII, Sección 5 del Convenio Constitutivo del FMI.
- Determinación clave: Venezuela no ha implementado las medidas correctivas ni ha suministrado información sobre una serie de datos adicionales requeridos.
- Acción disciplinaria: El FMI ha emitido una declaración de censura en contra de Venezuela por no haber implementado las medidas correctivas ni haber cumplido con su obligación en virtud del Artículo VIII, Sección 5.
Recomendaciones y próximos pasos del Directorio Ejecutivo
- El Directorio Ejecutivo instó a Venezuela a adoptar medidas correctivas concretas.
- Seguimiento: El Directorio Ejecutivo volverá a reunirse dentro de un plazo de seis months para evaluar el progreso de Venezuela en su implementación.
Disponibilidad del FMI para diálogo y asistencia
- El Fondo está dispuesto a trabajar de manera constructiva con Venezuela para resolver su crisis económica cuando Venezuela esté preparada para reanudar su compromiso con el Fondo.
- Condiciones para la reanudación del compromiso: provisión de datos en forma regular y a tiempo y la reanudación de las consultas del Artículo IV.
Fuente: Declaración del Directorio Ejecutivo del FMI sobre la República Bolivariana de Venezuela, 2 de mayo de 2018.