Comunicado de Prensa: El FMI asigna nuevas ponderaciones a las monedas que integran la cesta de valoración del DEG

15 de noviembre de 2010

Comunicado de Prensa No. 10/434
15 de noviembre de 2010

El Directorio Ejecutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI) concluyó hoy la revisión que realiza cada cinco años de la cesta de monedas que componen los derechos especiales de giro (DEG) y de la tasa de interés del DEG. El valor del DEG seguirá determinándose en función del promedio ponderado de los valores de una cesta de monedas compuesta por el dólar de EE.UU., el euro, la libra esterlina y el yen japonés. La tasa de interés del DEG también se seguirá determinando a partir del promedio ponderado de las tasas de interés de los instrumentos financieros a corto plazo negociados en los mercados de las monedas que integran la cesta del DEG.

Valoración del DEG

El FMI ha determinado las ponderaciones que se asignarán a partir del 1 de enero de 2011 a las cuatro monedas que satisfacen los criterios de selección para integrar la cesta de valoración del DEG, tomando en cuenta la función que cumplen en el sistema comercial y financiero mundial:

Dólar de EE.UU. 41,9% (frente al 44% de la revisión de 2005)

Euro 37,4% (frente al 34% de la revisión de 2005)

Libra esterlina 11,3% (frente al 11% de la revisión de 2005)

Yen japonés 9,4% (frente al 11% de la revisión de 2005)

El criterio empleado para seleccionar las monedas de la cesta de DEG no difiere del aplicado en las revisiones de 2000 y 2005: se incluyen las cuatro monedas emitidas por países miembros del FMI, o por uniones monetarias que ellos integren, con el valor más alto de exportaciones de bienes y servicios durante el período de cinco años que finaliza 12 meses antes de la fecha de vigencia de la revisión y que, según determine el FMI, son monedas de libre uso conforme al Artículo XXX f) del Convenio Constitutivo del FMI. Las ponderaciones asignadas a estas monedas continúan basándose en el valor de las exportaciones de bienes y servicios del país miembro (o de los países miembros integrantes de una unión monetaria) que emite la moneda y en el monto de las reservas denominadas en las respectivas monedas que mantienen otros países miembros del FMI. Estas ponderaciones iniciales se redondean al primer decimal, y no al punto porcentual entero más próximo, como en anteriores revisiones.

Los montos de cada una de las cuatro monedas que integran la nueva cesta de valoración del DEG se calcularán el 30 de diciembre de 2010 conforme a las nuevas ponderaciones, y entrarán en vigor el 1 de enero de 2011. El cálculo se realizará en función del promedio de los tipos de cambio de estas monedas correspondientes a los tres meses que finalizan en dicha fecha, para que el valor del DEG al 30 de diciembre de 2010 sea el mismo según la cesta de valoración revisada y la actual.

Tasa de interés del DEG

El FMI también volvió a examinar el método para determinar la tasa de interés del DEG y resolvió seguir fijándola semanalmente en función del promedio ponderado de las tasas de interés de los instrumentos a corto plazo negociados en los mercados de las monedas que integran la cesta de valoración del DEG. La tasa de interés de las letras del Tesoro a tres meses de Estados Unidos, el Reino Unido y Japón, y la tasa Eurepo a tres meses, seguirán utilizándose como tasas de interés representativas para el dólar de EE.UU., la libra esterlina, el yen japonés y el euro, respectivamente.


El 30 de diciembre de 2010, se publicará un comunicado de prensa con los montos definitivos de las monedas de la nueva cesta de valoración del DEG que empezará a regir el 1 de enero de 2011. El primer tipo de cambio del DEG calculado según la nueva cesta se publicará el 3 de enero de 2011. La primera tasa de interés del DEG basada en la nueva cesta se calculará y anunciará el 7 de enero de 2011 y empezará a regir durante la semana del 10 al 14 de enero de 2011. En el sitio web del FMI (www.imf.org), puede consultarse más información sobre el DEG.

Como servicio a los usuarios de DEG, el FMI hará una proyección de los montos de las monedas que integrarán la cesta revisada a partir del 8 de diciembre de 2010, y realizará una actualización semanal durante el resto del año, que publicará en su sitio web (www.imf.org). Dado que los montos de las monedas tomarán por base el promedio de los tipos de cambio en un período de tres meses, las proyecciones tenderán a repetirse en dirección a los montos definitivos efectivos, y así se mantendrá a los usuarios al tanto de los probables montos definitivos de la nueva cesta vigente a partir del 1 de enero de 2011.

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