Comunicado de Prensa: Declaración de la Subdirectora Gerente del FMI, Nemat Shafik, sobre el interés de Colombia en una nueva Línea de Crédito Flexible (LCF)

6 de mayo de 2013

Comunicado de Prensa No. 13/155 (S)
6 de mayo de 2013

Nemat Shafik, Subdirectora Gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI), realizó la siguiente declaración en el día de la fecha:

“Celebro el interés manifestado por las autoridades de Colombia en solicitar un acuerdo precautorio en el marco de la Línea de Crédito Flexible (LCF)1 del FMI, que sucederá al acuerdo de dos años aprobado en mayo de 2011.

“Colombia continúa aplicando políticas económicas y marcos de políticas muy firmes, incluidos un régimen de metas de inflación creíble, un tipo de cambio flexible, un marco eficaz de supervisión y regulación del sector financiero y sólidas políticas fiscales. Esto ha permitido a Colombia mitigar los efectos de la crisis financiera mundial de 2008‒09, preservar la estabilidad macroeconómica y mantener un sólido desempeño económico.

“Las perspectivas para 2013 son positivas, y se proyecta que el crecimiento superará el 4% y que la inflación se mantendrá dentro de la banda de 2%‒4% fijada como meta. Sin embargo, persisten riesgos significativos a la baja, derivados principalmente de factores externos. Un empeoramiento marcado de las condiciones económicas y financieras mundiales perjudicaría las perspectivas de las exportaciones y el crecimiento de Colombia, así como las necesidades de financiamiento del país.

“Comparto la opinión de las autoridades en el sentido de que un nuevo acuerdo en el marco de la LFC brindaría a Colombia una protección eficaz contra el riesgo de eventos externos extremos y, al igual que en anteriores acuerdos, permitiría al país preservar la flexibilidad en materia de política, y al mismo tiempo reforzaría aún más los márgenes de maniobra para la adopción de políticas. Por lo tanto, mi intención es proceder a que el Directorio Ejecutivo del FMI apruebe sin demora la solicitud de Colombia”.


1 La LCF fue creada el 24 de marzo de 2009 y reforzada el 30 de agosto de 2010 (véanse los Comunicados de Prensa No. 09/85 y No. 10/321). La LCF está a disposición de países con fundamentos, políticas e historiales de implementación muy sólidos, y es especialmente útil para fines de prevención de crisis. Los acuerdos en el marco de la LCF se aprueban para países que cumplen criterios de habilitación fijados de antemano. La LCF es una línea de crédito renovable, que puede aprobarse con plazos de uno o dos años. Los acuerdos por dos años implican un examen del derecho de acceso al cabo del primer año. Si el país utiliza la línea de crédito, el plazo de reembolso es de entre tres y cinco años. El acceso a los recursos del FMI en el marco de la LCF no está sujeto a un límite, y dicho acceso se determina teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso. Los países habilitados tienen acceso pleno e inmediato a la totalidad de los fondos, sin condiciones continuas. Existe flexibilidad para utilizar la línea de crédito en el momento en que es aprobada o para tratarla como un instrumento precautorio.

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