EL SERVICIO DE CRÉDITO RÁPIDO (SCR)

El Servicio de Crédito Rápido (SCR) proporciona asistencia financiera rápida de carácter concesionario a los países de ingreso bajo que enfrentan una necesidad urgente de balanza de pagos. El SCR es uno de los mecanismos del Fondo Fiduciario para el Crecimiento y la Lucha contra la Pobreza (FFCLP) que ofrecen apoyo financiero flexible adaptado a las distintas necesidades de los países de ingreso bajo, también en épocas de crisis.

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Propósito

Proporcionar asistencia financiera rápida de acceso limitado y carácter concesionario a países de ingreso bajo que cumplan los requisitos de acceso y experimenten una necesidad urgente de balanza de pagos debido a una amplia variedad de circunstancias, como son los shocks externos, las catástrofes naturales y las emergencias relacionadas con situaciones de fragilidad.

Dar respuesta a situaciones que no requieren de un programa económico integral debido al carácter transitorio y limitado de la necesidad, o cuando no es viable, por ejemplo, debido a limitaciones de capacidad para la implementación de políticas.

Proporcionar apoyo a las políticas que puedan servir como catalizador de ayuda externa.

Criterios de acceso

Todos los países miembros que reúnen los requisitos para acceder al FFCLP y que enfrentan una urgente necesidad de balanza de pagos. Los países de ingreso más alto que no reúnen los requisitos para acceder al FFCLP pueden utilizar el Instrumento de Financiamiento Rápido (IFR).

Ventanillas

Cuatro ventanillas:

Ordinaria: necesidades urgentes de balanza de pagos que responden a causas como inestabilidad interna, emergencias y situaciones de fragilidad.

Shock exógeno: necesidades urgentes de balanza de pagos debido a un shock exógeno y repentino.

Grandes catástrofes naturales: necesidades urgentes de balanza de pagos que tienen origen en catástrofes naturales cuyos daños evaluados equivalen al 20% o más del PIB del país miembro.

*La Ventanilla para Shocks Alimentarios se cerró a finales de marzo de 2024.

Shock alimentario: necesidades urgentes de balanza de pagos debido a una situación de grave inseguridad alimentaria, un fuerte aumento del costo de importación de alimentos o un shock a las exportaciones de cereales.

El acceso está limitado al 50% de la cuota durante el plazo de 12 meses que va del 30 de septiembre de 2022 al 29 de septiembre de 2023. El acceso a la ventanilla para shocks alimentarios se suma a los límites de acceso anuales de otras ventanillas.

Condicionalidad

Apoyo ofrecido sin sujeción a los exámenes o el cumplimiento de la condicionalidad ex post de los programas, aunque a veces deben adoptarse medidas previas.

Las políticas económicas deben procurar solucionar las dificultades subyacentes de balanza de pagos y facilitar el cumplimiento de los objetivos de crecimiento y reducción de la pobreza del país. Más información sobre condicionalidad.

Modalidades
de examen

Sin exámenes

Plazo

Duración

Desembolso único

Reembolso

Período de gracia de 5½ años, y un vencimiento final de 10 años


Tasa de interés

Sujeto a límites anual y acumulado. Los límites actuales de acceso acumulado de la ventanilla de shocks exógenos y la ventanilla para grandes catástrofes naturales se revisarán antes de fines de diciembre de 2025.

  • Nivel 1: Países de ingreso bajo con la renta más baja: 0%.

  • Nivel 2A: Países de ingreso bajo con renta más alta que pueden recibir financiamiento combinado: 70% de la tasa de interés del DEG*.
  • Nivel 2B: Países de ingreso bajo con renta más alta que no pueden recibir financiamiento combinado: 40% de la tasa de interés del DEG*.
Acceso

Sujeto a límites anual y acumulado. Los límites actuales de acceso acumulado de la ventanilla de shocks exógenos y la ventanilla para grandes catástrofes naturales se revisarán antes de fines de diciembre de 2025. 

  • Ventanilla ordinaria: Acceso de hasta el 50% de la cuota por año y el 100% de la cuota en forma acumulada, con una norma de acceso anual del 25% de la cuota. Hay un límite por desembolso del 25% de la cuota.
  • Ventanilla para shocks exógenos: Acceso de hasta el 50% de la cuota por año y el 100% de la cuota en forma acumulada. (El límite de acceso acumulado se ha ampliado temporalmente al 150% de la cuota, hasta finales de 2025).
  • Ventanilla para grandes desastres naturales: El acceso está limitado al 80% de la cuota por año y el 133% en forma acumulada. (El límite de acceso acumulado se ha ampliado temporalmente al 183,3% de la cuota, hasta finales de 2025).

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